Abusan de omisión legal para acallar voces críticas
Por Verificado
En México, siete estados siguen incluyendo los “delitos contra el honor” en sus figuras jurídicas, esta omisión provoca que la ley sea usada para coartar la libertad de expresión, en lugar de servir como regulador para procurar los derechos de la ciudadanía.
Tal es el caso de Ximena Peredo, excolumnista del periódico El Norte quien lleva años en un proceso legal en el que se le sentenció a pagar terapia psicológica al escritor Felipe Montes, señalado por sus estudiantes por presuntas agresiones y acoso sexual.
En la demanda inicial presentada en 2023, Montes señala que derivado del texto de Peredo publicado en 2018, su salud mental y fìsica fue afectada y por ende, el equipo legal del también exprofesor universitario exigió una compensación de 20 millones de pesos.
“Pasaron más de cinco años de esa columna cuando fui notificada de una demanda por difamación por parte de Felipe Montes Espino Barros. Me exigió 20 millones de pesos para subsanar sus quebrantos mentales, físicos, materiales, espirituales, familiares y hasta dermatológicos. Entonces yo era Secretaria de Participación Ciudadana del estado de Nuevo León”, se mencionó en el diálogo escrito por Ximena Peredo publicada en Verificado.
La columna nace a partir de que Felipe Montes, exprofesor y escritor se popularizó en las redes sociales en 2017 cuando alumnado del Tecnológico de Monterrey publicó su nombre en el blog #AcosoenlaU, un hashtag inspirado en el movimiento feminista “Me too”, que buscaba señalar a presuntos agresores o acosadores sexuales dentro de las instituciones universitarias.
Ximena Peredo escribió un artículo de opinión sobre el movimiento estudiantil en el que se solicitó el retiro de la participacipación de Montes en un evento literario del Tecnológico de Monterrey, que en ese momento ya se había separado del cargo por la presión de los presuntos casos de acoso sexual.
No solamente Peredo publicó sobre el tema, diversos medios de comunicación locales recopilaron testimonios que circularon en redes que daban cuenta de los diferentes tipos de violencias presuntamente ejercidas por el escritor; como El Norte en su artículo «Te hacía dependiente de él«, o la editorial de Cordelia Rizzo «Mi Historia con Felipe Montes«, publicada por Verificado.
Qué sucedió con el caso de Felipe Montes
Luego del posicionamiento en tendencias del blog AcosoenlaU, el Tecnológico de Monterrey emitió un comunicado condenando el abuso de poder, hostigamiento y conductas inapropiadas dentro de su comunidad, sin mencionar el nombre de Felipe Montes.
El 22 de noviembre de 2017 el Tec emitió otro comunicado en el que se confirma la baja de Felipe Montes como docente.
«Por medio de la presente les informamos que Felipe Montes deja de prestar sus servicios a esta institución, efectivo desde el día de hoy», se lee en el comunicado.
El exdocente compartió un video y texto rechazando las supuestas acusaciones.
La omisión legal usada para sancionar a periodistas y activistas
De acuerdo al expediente No. 0709/2022 durante el primer juicio civil promovido por el escritor, el 19 de febrero de 2024 se absolvió a Ximena Peredo y dictaminó que no se demostraron elementos para sancionar por los delitos de calumnia, además, condenó a Felipe Montes a pagar los gastos del juicio a la demandada.
Luego del fallo en la primera instancia, la defensa legal del autor realizó una apelación; por lo que en la segunda instancia, el magistrado revirtió la sentencia absolutoria y el 25 de abril de 2025, dictó que Ximena Peredo debe de pagar el costo de las terapias psicológicas así como el traslado al centro de atención psicológica. La sentencia no menciona el monto ni número de sesiones previstas para la atención de Montes.
En Nuevo León, el delito de calumnia sigue estando vigente en el artículo 235 del Código Penal, pese a que casi todos los estados del país se eliminaron los conocidos como «delitos contra el honor».
Una reforma promulgada el 13 de abril de 2007, eliminó los delitos de difamación, calumnia, e injuria del Código Penal Federal.
“Bueno, está todavía en el Código Civil y en el Código Penal de Nuevo León cuando ya es una excepción en México que todavía exista esto. Sobre todo cuando estamos hablando de personas públicas en donde el alcance a hacer críticas con ellas, así como servidores públicos y personas públicas, es más amplio”, mencionó Ximena Peredo.
El Código Penal del estado sigue estableciendo que la difamación, la injuria y la calumnia serán penalizadas con multas y hasta cárcel. Este tipo de delitos afectan al ejercicio de la libertad de expresión de las y los periodistas y de la ciudadanía en general, así mismo, pueden reducir la libre opinión en espacios de comunicación.
En la sentencia 0709/2022, se utiliza el término de “abuso de la libertad de expresión” para justificar la presunta afectación psicologica del escritor causada por la columna.
Ximena Peredo, declaró en entrevista que al seguir vigentes este tipo de delitos en Nuevo León, se ha disminuido el número de periodistas que ejercen periodismo crítico como el que se plasma en las columnas de opinión y editoriales.
“Este es un golpe al periodismo crítico, sin duda, porque es muy importante la columna de opinión justamente digiere acontecimientos públicos y presenta una opinión. De eso se trata justamente. Y castigar la libertad de opinión, la libertad de expresión en este caso, pues vulnera el derecho a todas las personas escritoras de opinión actualmente en México; a que ofrezcan una revisión de casos polémicos, complicados, sobre derechos humanos, de esos que hoy más que nunca se necesita que estén en la mesa para que las y los periodistas hoy en México sean una luz, una reserva moral», mencionó Peredo.
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En el estado, el 11 de noviembre de 2024, las organizaciones Propuesta Cívica, la Red de Periodistas del Noreste, el Colegio de Comunicación y Periodismo de Nuevo León y la Asociación de Periodistas de Nuevo León entregaron nuevamente a las y los legisladores del Congreso del Estado, tres iniciativas para eliminar el rezago sobre la protección legal para periodistas y personas defensoras de derechos humanos, pero sigue sin aprobarse.
Polémica solicitud de datos del INAI
El medio digital de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), publicó en 2021 un artículo en el que señalan que Felipe Montes, solicitó al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) un procedimiento en el que requirió “todos los comunicados, editoriales, publicaciones de cualquier tipo en cualquier medio” en el que se mencione su nombre relacionado a las presuntas acusaciones en su contra; tambien solicitó la información, investigaciones, testimonios de víctimas en posesión del blog AcosoenlaU.
AcosoenlaU no respondió a los requerimientos del organo de transparencia ya que no es considerado un sujeto obligado (es decir cualquier autoridad, entidad, órgano o organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos que manejen fondos públicos); sin embargo el INAI resolvió que el blog actuó con negligencia al no atender la solicitud de información.
R3D señaló que esta decisión afecta a los derechos de la libertad de expresión, libertad de asociación y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
«Resulta alarmante que el Instituto no haya valorado el contexto en el que Montes utiliza, de forma maliciosa, el derecho a la protección de datos personales. Su solicitud pretende amedrentar a las mujeres que integran Acoso en la U para inhibir su derecho a difundir información de interés público, lo que constituye una forma de acoso jurídico y de victimización secundaria», señalan en su artículo.
*Reportaje publicado gracias a la #RedDeMedios de la cual formamos parte.